Es una micro, pequeña o mediana empresa que realiza alguna de sus actividades en el país en alguno de estos sectores: servicios, comercial, industrial, agropecuario, construcción o minero. Puede estar integrada por una o varias personas o por un conjunto de empresas. Categorías El Ministerio de Desarrollo Productivo establece la categoría de las PyMEs de acuerdo a la actividad declarada y a los montos de las ventas totales anuales de cada empresa. En caso de actividades comisionistas o de agencias de viaje, no se observarán las ventas sino la cantidad de empleados. Las empresas cuya actividad sea financiera o inmobiliaria, sólo podrán ser PyMEs si además de cumplir con lo anteriormente mencionado, tienen activos menores a $193.000.000. Sólo podrán inscribirse en el Registro MiPyME aquellas entidades con fin de lucro. El certificado PyME es el paso final y el documento indispensable para acceder a los programas de beneficios y para acreditar la condición de “Micro, Pequeña y Mediana Empresa” frente a terceros
Sociedades
Las sociedades por acciones inscriptas en la Inspección General de Justicia se encuentran obligadas al pago de una tasa anual, de importe variable en virtud de los estados contables que presenten.
Dicha tasa vence en los meses de octubre de cada año. Las mismas pueden ser descargadas desde el siguiente link: https://www2.jus.gov.ar/igj-tasas/
Consultas Impositivas
- ¿Cómo compruebo que el CAE es válido?
- ¿Cómo compruebo que un comprobante es válido?
- ¿Quiénes deben presentar el CETA?
Para comprobar que el CAE (Código de Autorización de Emisión de Comprobantes Electrónicos) es válido debes ingresar los datos del comprobante en el siguiente link provisto oficialmente por AFIP haciendo clic aquí.
Para comprobar que no está en la base de facturas apócrifas debes ingresar los datos del comprobante en el siguiente link provisto oficialmente por AFIP haciendo clic aquí.
El CETA es el Certificado de Transferencia de Automotores. Las personas físicas o jurídicas, vendedores de automotores usados radicados en el país, siempre y cuando la transacción supere los $ 30.000. Implica denunciar ante la afip la venta del rodado y a su vez debe entregarse al comprador del vehículo para que este realice el trámite de transferencia ante el Registro de Propiedad Inmueble.